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Política de Regalos, Hospitalidades e Invitaciones



Política de Regalos, Hospitalidades e Invitaciones

Introducción

En GTD PERÚ, tenemos como compromiso velar por la eficacia y cumplimiento del Sistema de Gestión Antisoborno.  

Para ello, GTD PERÚ ha adoptado una política de tolerancia cero hacia actividades irregulares como el fraude y la corrupción, en cualquiera de sus modalidades. Entendiendo que los regalos, hospitalidades e invitaciones podrían constituirse en vehículos para llevar a cabo estas actividades, se han establecido lineamientos que deben de seguir todos los colaboradores para la aceptación y otorgamiento de los mismos. 

  • Los trabajadores solo podrán recibir o hacer regalos, hospitalidades, invitaciones y en general, cualquier beneficio similar, a clientes, proveedores u otro tercero con el que se sostenga un vínculo comercial, en virtud de las actividades desarrolladas por la Empresa. 

  • En ningún caso se podrán aceptar regalos, incentivos y/o beneficios de terceros, mientras ellos se encuentren participando de algún proceso de licitación o contratación con GTD PERÚ, salvo que se trate de material de merchandising. Ejemplo: Libretas, lapiceros, folletos, entre otros. 

  • No está permitido aceptar regalos o atenciones que tengan como objetivo influenciar una decisión o esperar algún tipo de retribución. También queda prohibido recibir dinero en efectivo, cheques o similares. 

  • Los regalos, hospitalidades e invitaciones ofrecidos no deberán encontrarse prohibidos por la legislación vigente y no podrán exceder el monto de USD 100.00 (cien dólares americanos) por beneficio por proveedor. Deben ser consistentes con las prácticas empresariales razonables (navidad, aniversario de la empresa, etc.) y en ningún caso suponer una influencia inapropiada en quien recibe la atención.  Para determinar el valor del regalo o invitación recibida, se utiliza el sentido común o se investiga en línea para obtener referencias. 

  • La única excepción contemplada a lo anterior señalado, será en los casos en que la alta dirección de la Empresa apruebe el ofrecimiento de regalos, hospitalidades e invitaciones a los clientes, los que tendrán un valor máximo de USD 300.00 (trescientos dólares americanos). 

  • Está prohibido que los colaboradores de GTD PERÚ realicen una donación o patrocinio injustificado o con fines ilícitos. 

  • La empresa puede realizar donaciones a ONGs u otras entidades sin fines de lucro, siempre que éstas persigan un impacto social positivo, no generen conflicto de interés de ningún tipo, y se encuentren en estricto apego a la normativa legal y al Código de Ética. Asimismo, deberán contar con la aprobación de la gerencia general. 

  • La recepción de regalos provenientes de personas u organizaciones externas a GTD PERÚ, deberá ajustarse al instructivo de recibimiento de regalos. 

  • Las hospitalidades e invitaciones deberán guardar relación a las circunstancias en que se aceptan o se ofrecen; asimismo, los trabajadores se encuentran obligados a informar a su jefe inmediato superior, la necesidad de realizar o recibir una hospitalidad y/o invitación, así como la persona natural o jurídica a quien o de quien va dirigido o proviene la dádiva. 

  • Los programas de incentivos promovidos por proveedores de diferentes marcas de equipamientos o soluciones deben ser revisados previamente por la Gerencia Comercial, a fin de que pueda comprobarse que no existe ningún conflicto de interés asociado a dichos programas. Las marcas podrán ofrecer incentivos, siempre y cuando estos tengan relación con la formación y el desarrollo profesional de los colaboradores y no tengan relación con otorgamiento de dinero en efectivo, beneficios económicos, regalos y/o invitaciones personales, entre otros. 

  • Los trabajadores que incumplan lo establecido en la presente Política, estarán sujetos a las sanciones que el jefe inmediato superior, en coordinación con el área de Gestión de Personas y el Oficial de Cumplimiento consideren pertinentes y se encuentren conforme al Reglamento Interno de Trabajo.